Saltar al contenido
Parlamento

ConseguidoNº 700

El paso rebajado frente al instituto, libre

accesibilidad · Arroyo Nuevo de la Sierra (municipio inventado, 15.000 habitantes)

  1. Abierto
  2. Sentadas
  3. Llevado
  4. Respuesta

Respondieron en 38 días: dentro del plazo de 90

Registrado

Lo que toca ahora

El ayuntamiento contestó a los nueve días. Los contenedores se trasladaron veinte metros, a una zona sin vado, y el paso de peatones se repintó la semana siguiente. El escrito reconoce que los avisos anteriores no habían quedado registrados y recuerda que el registro y la sede electrónica son la vía para que consten.

Lo que pasa

Mi compañero Dani va a clase en silla de ruedas. El único bordillo rebajado frente al instituto tenía delante dos contenedores, y cada mañana bajaba a la calzada treinta metros antes. Lo dijimos en conserjería y por teléfono, y no quedó constancia en ningún sitio.

Lo que se pide

Que el ayuntamiento retire los contenedores que ocupan el vado peatonal frente al instituto y repinte el paso de peatones antes de la vuelta de las vacaciones.

A quién y por qué camino

Ayuntamiento de Arroyo Nuevo de la Sierra: concejalía de servicios urbanos. La recogida de residuos y la pavimentación de las vías públicas son servicios obligatorios en todos los municipios (Ley de Bases del Régimen Local, art. 26.1.a), y la ubicación de los contenedores la decide el ayuntamiento. Los itinerarios peatonales accesibles deben tener una anchura libre de paso de al menos 1,80 metros (Orden TMA/851/2021, art. 5).

Petición colectiva. Art. 29 de la Constitución y Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición (arts. 6 y 11). Plazo: Acuse de recibo en 10 días. Contestación motivada en un máximo de 3 meses.

Lo que lo sostiene

  • Los espacios públicos urbanizados que ya existían en 2010 y admitían ajustes razonables debían ser accesibles desde el 4 de diciembre de 2017 (Real Decreto Legislativo 1/2013, disposición adicional tercera).
  • Un itinerario peatonal accesible debe tener en todo su desarrollo una anchura libre de paso no inferior a 1,80 metros, y el encuentro del vado con la calzada debe estar enrasado (Orden TMA/851/2021, arts. 5 y 20).
  • 4,38 millones de personas residentes en hogares declararon alguna discapacidad en España en 2020; el 55,7 % tenía dificultades importantes de movilidad.

Los pasos

  1. Hacer tres fotos del vado ocupado, en tres días distintos, con fecha y hora (hecho)
  2. Escribir la petición en media página, con las fotos y los dos artículos que la sostienen (hecho)
  3. Recoger firmas en el instituto: alumnado, profesorado y familias (hecho)
  4. Registrarla en el ayuntamiento y guardar el justificante (hecho)
  5. Recibir la contestación y comprobar sobre el terreno que se ha hecho (hecho)
Ver el escrito para el registro
A: Ayuntamiento de Arroyo Nuevo de la Sierra: concejalía de servicios urbanos

ASUNTO: El paso rebajado frente al instituto, libre

Quienes firmamos, 87 vecinas y vecinos de Arroyo Nuevo de la Sierra, EXPONEMOS:

Mi compañero Dani va a clase en silla de ruedas. El único bordillo rebajado frente al instituto tenía delante dos contenedores, y cada mañana bajaba a la calzada treinta metros antes. Lo dijimos en conserjería y por teléfono, y no quedó constancia en ningún sitio.

Lo sostienen estos datos:
- Los espacios públicos urbanizados que ya existían en 2010 y admitían ajustes razonables debían ser accesibles desde el 4 de diciembre de 2017 (Real Decreto Legislativo 1/2013, disposición adicional tercera).
- Un itinerario peatonal accesible debe tener en todo su desarrollo una anchura libre de paso no inferior a 1,80 metros, y el encuentro del vado con la calzada debe estar enrasado (Orden TMA/851/2021, arts. 5 y 20).
- 4,38 millones de personas residentes en hogares declararon alguna discapacidad en España en 2020; el 55,7 % tenía dificultades importantes de movilidad.

Por todo ello, SOLICITAMOS:

Que el ayuntamiento retire los contenedores que ocupan el vado peatonal frente al instituto y repinte el paso de peatones antes de la vuelta de las vacaciones.

Presentamos este escrito como petición colectiva (Art. 29 de la Constitución y Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición (arts. 6 y 11).) y pedimos respuesta dentro del plazo legal: acuse de recibo en 10 días. Contestación motivada en un máximo de 3 meses.

Para notificaciones: [nombre y medio de contacto de quien lo presenta]
Lugar y fecha: [  ]
Firmas: [hoja de firmas adjunta, con nombre y documento]

Es un modelo: revisadlo, añadid las firmas y comprobad en el registro de vuestra administración qué más pide. Orientación general, no asesoría jurídica.

Fuentes comprobadas

Asunto de ejemplo. Las personas, el municipio y las respuestas son inventados; las normas y los datos son reales y llevan su fuente.

Todo lo demás

El paso rebajado frente al instituto, libre · DuMonde